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laboralLa competencia en materia laboral está comprendida por aquellas normativas jurídicas que incluyen los derechos y deberes tanto de patronos como de trabajadores. En estas leyes está contemplado el régimen de prestaciones, vacaciones, bono vacacional, utilidades, entre otros, acumulados durante un período de tiempo y que el patrono está en la obligación de pagarle al trabajador según lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo. La Defensa Pública con la competencia en materia laboral asesora, asiste y representa a aquellas trabajadoras y trabajadores cuyos derechos han sido vulnerados por el patrono bien sea por despido injustificado o por desmejora; en esos casos, los trabajadores podrán solicitar a la Defensa Pública la asistencia en la instancia administrativa, (la Inspectoría del Trabajo), o en la instancia jurisdiccional (los Tribunales Laborales). En la prórroga del Decreto de Inamovilidad Laboral, se incluyó la protección de todos los trabajadores y trabajadoras independientemente del salario devengado, ya que anteriormente sólo se protegía a aquellos que devengaban un sueldo menor a tres (03) salarios mínimos. En esos casos, debían ser amparados por la Inspectoría del Trabajo y en aquellos donde devengaban más del monto indicado, debían acudir al Tribunal Laboral; ahora, con el nuevo Decreto, todos son amparados por la Inspectoría del Trabajo, exceptuando aquellos con cargos de dirección o de confianza. Se presta asesoría jurídica gratuita en materia de accidentes laborales o enfermedades ocupacionales; el trabajador que sufra algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional debe dirigirse al órgano competente (El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales: INPSASEL), quien, mediante un informe pericial y una certificación, calcula los montos de indemnización que deben ser resarcidos al trabajador por el accidente sufrido en el cumplimiento de sus funciones. Se brinda asesoría a los gremios sindicales acerca de la interpretación de las normas jurídicas y sus cláusulas.

La competencia en materia Laboral se crea mediante resolución publicada en la Gaceta Oficial del día 12 de abril del 2011 donde se les atribuyen a las Defensoras y Defensores Públicos plenas competencias para actuar en las fases: administrativa y jurisdiccional.

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